Aplaza SCJN discusión sobre el Plan B electoral

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó por otra semana la discusión sobre la suspensión de la primera parte del Plan B de la reforma electoral, impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

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Una de las causas es que el proyecto de sentencia se le encargó a la ministra Loretta Ortiz, quien no acudió a la sesión de la Segunda Sala, por lo que sus temas quedaron en suspenso.

El pasado 1 de marzo, el ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la controversia constitucional, ingresada por el Instituto Nacional Electoral (INE) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra la parte del Plan B que ya entró en vigencia.

La Suprema Corte tiene pendientes al menos cinco controversias constitucionales contra la parte del Plan B que ya entró en vigencia, la cual está relacionada con publicidad oficial y actuación de funcionarios durante procesos electorales.

La porción impugnada tiene que ver con la propaganda gubernamental, pues permite a funcionarios que realicen posicionamientos durante elecciones, con el argumento de garantizar la libertad de expresión, lo que, según el Instituto Nacional Electoral (INE), vulnera los principios de neutralidad en comicios y no intervención de servidores públicos.

Avala TEPJF a Taddei Zavala

Por otra parte, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la designación de Guadalupe Taddei Zavala y de Jorge Montaño Ventura, como presidenta y consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), como resultado del procedimiento de insaculación realizado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

La controversia se originó a partir del procedimiento de insaculación, en el cual se declaró la elección de Taddei Zavala, así como de Rita Bell López Vences, Jorge Montaño Ventura y Arturo Castillo Loza, como integrantes de ese organismo.

El Partido Acción Nacional impugnó la designación de Taddei y Montaño, al considerar que no cumplían los requisitos previstos en el artículo 38, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales por supuestamente no contar con cédula profesional y haber sido titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Tabasco.

 

LEG

Con información de 24 Horas

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