Asegura PRI que no hubo mal procedimiento en renovación a sus Estatutos

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Foto: CEN del PRI | Osorio Chong Alejandro Moreno, aclaró que sus dos coordinadores parlamentarios, “cuentan con el respaldo del partido y de los legisladores.

Luego de que la Comisión de Prerrogativas y Partidos políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) señalara que hubo un “incumplimiento al procedimiento estatutario” en la modificación para que el dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno se mantenga al frente de ese partido hasta 2024; el tricolor aseguró que no hubo ninguna irregularidad en el proceso.

A través de un pronunciamiento, el PRI señaló que la atribución del Consejo Político Nacional de determinar la prórroga del período estatutario de la dirigencia nacional, es una facultad del Consejo Político Nacional que se encuentra válida y vigente “porque fue calificada en el año 2020 como legal y constitucional por unanimidad por las consejeras y consejeros del Instituto Nacional Electoral y confirmada por unanimidad por los Magistrados y Magistradas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, razón por la cual es viable afirmar que NO se trata de una nueva atribución del Consejo Político Nacional”.

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En el documento explican que “se trata de reformas estatutarias encaminadas al fortalecimiento institucional y a garantizar acciones afirmativas”, razón por la cual, está en espera de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral resuelva con respecto a la autodeterminación y autoorganización del Partido Revolucionario Institucional.

El proyecto de la comisión del INE y que deberá ser votado en su Consejo General, obedece a las quejas presentadas por Miguel Ángel Osorio Chong y Claudia Ruiz Massieu Salinas; Héctor Antonio Astudillo Flores; y Margarita Santos Mendoza; así como los escritos de los ciudadanos José Ramón Martel López, Fernando Lerdo de Tejada y José Encarnación Alfaro Cázares en contra de las modificaciones realizadas a los Estatutos del PRI por el CPN, en los términos expresados en los considerandos 11, 13, 14, 17 al 36, de la presente Resolución.

LDAV

Con información de 24 Horas

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