Avala el TEPJF que no se tome en cuenta violencia política de género

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó una fracción de los lineamientos de la reelección legislativa para que los partidos, al momento de las postulaciones, ya no tomen en cuenta si los aspirantes están inscritos en el registro de infractores por violencia política de género.

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Durante la sesión de ayer, se señaló que el Instituto Nacional Electoral (INE) excedió su facultad reglamentaria al marcar que los partidos políticos deben tomar en cuenta, previo a la solicitud de las candidaturas, si alguna está inscrita en el registro de violencia política de género.

Lo anterior, debido a que el registro de una persona en la lista mencionada no implica una causal de inelegibilidad, sino que es una herramienta que facilita la comunicación, así como la coordinación, entre autoridades electorales, y ofrece a la ciudadanía información respecto de las personas que han incurrido en violencia política.

Por otra parte, la lista es una medida de reparación que debe ser dictada por una autoridad jurisdiccional y el INE no cuenta con las atribuciones para darle un efecto adicional a la lista.

La controversia se originó cuando diversas personas, así como los partidos políticos Morena, Acción Nacional (PAN) y del Trabajo (PT) impugnaron ante la Sala Superior, alegando que los lineamientos de reelección restringen el derecho político-electoral al voto.

La Sala Superior avaló lo que resta del acuerdo, debido a que la autoridad electoral no impuso restricciones al derecho de la ciudadanía de ser votada, en ejercicio de su facultad reglamentaria.

Por otra parte, se validó la exigencia de que las candidaturas deben ser postuladas consecutivamente por el mismo partido o cualquiera que en su momento conformó la coalición, salvo que renuncien al grupo parlamentario correspondiente antes de la mitad de su mandato.

Se avaló la exigencia de que la postulación de candidatos a senadores y diputados que busquen la reelección debe hacerse por el mismo ámbito territorial por el que obtuvieron su constancia de mayoría, pues esto es compatible con los fines de la reelección.

En otro caso, el Tribunal Electoral avaló la integración de comisiones del INE, de cara a la organización de la elección más grande del país, en 2024.

 

LEG

Con información de 24 Horas

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