La discusión de la reforma judicial arrancó en el Senado con el desacato de cuatro mandamientos judiciales.
Derivado de la inatención de las autoridades, un tribunal federal, con sede en Chiapas, decidió detener el proceso de un juicio de amparo y enviar el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para su intervención.
Mientras que un juzgado de Morelos determinó el pasado viernes enviar notificaciones a las 32 legislaturas de los estados para avisarles de la suspensión definitiva y que no pueden darle trámite a la reforma judicial, en caso de que sea aprobada por el Senado.
Hasta ayer, el dictamen de cambios constitucionales acumulaba dos suspensiones definitivas y dos provisionales que ordenaron detener la discusión en el Legislativo.
La mayoría de resoluciones son para congelar el dictamen hasta en tanto se analice la constitucionalidad del artículo 186 del reglamento de la Cámara de Diputados.
Dicha regla indica que un dictamen aprobado por comisiones de una Legislatura anterior puede pasar directo al Pleno de una nueva Legislatura sin ninguna modificación o discusión.
Análisis
José Perdomo Galicia, experto en procesos constitucionales, señaló que “si abiertamente se atreven a decir que se van a constituir en desacato es por la fuerza que les ha dado el Ejecutivo y un claro ejemplo de lo que dicen: ‘no me vengan con que la ley es la ley’”.
De acuerdo con el especialista de La Salle, los juzgadores deberían notificar a la Suprema Corte y a la Fiscalía General de la República (FGR) para iniciar un proceso de inejecución de sentencia.
La Corte debería deliberar si procede promover un juicio político contra los diputados y senadores por desacato, por lo que, al final, serían los propios legisladores, con mayoría de la 4T, los que se tendrían que autodesaforar, con el objetivo de ser procesados por desacato, lo que es equiparable a delito de abuso de autoridad, cuya pena son hasta siete años de cárcel.
A su vez, en su cuenta de X, el juez de Distrito Antonio Ordóñez aseveró que los desacatos sí podrían incidir para que se invalide el proceso legislativo de la reforma judicial. “En su intento y afán por violar las suspensiones de amparo, además de cometer un delito, solo darán más elementos para que la reforma sea inválida desde su creación”.
Las suspensiones
El pasado miércoles, la jueza Martha Magaña, titular del Juzgado Quinto de Distrito en Morelos, concedió la primera suspensión definitiva para frenar la discusión del dictamen de la reforma judicial.
En su resolución, la jueza, quien fue exhibida en la Mañanera del 2 de septiembre, indicó que la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados y el presidente Andrés Manuel López Obrador ignoraron la notificación de la suspensión provisional y no rindieron su informe preliminar.
Ante los argumentos de Morena y aliados de que debe aplicarse el artículo 61 de la Ley de Amparo respecto a que no proceden las suspensiones cuando se trata de reformas constitucionales, Martha Magaña determinó que los precedentes de la Suprema Corte son para cambios que ya fueron promulgados.
Por lo que en este caso se está ante el análisis del Reglamento de la Cámara de Diputados, en su artículo 186, que señala que un dictamen, aprobado en comisiones de una Legislatura, puede pasar directo al Pleno para su discusión en una Legislatura diferente.
Ese es el principal argumento para otorgar la suspensión definitiva, hasta en tanto se determine la constitucionalidad de dicho artículo, es decir, que de acatarse la medida, la reforma judicial quedaría congelada.
La jueza ordenó vincular y notificar a las 32 legislaturas locales de que no pueden darle trámite al dictamen de reforma porque se encuentra suspendido.
A su vez, la segunda suspensión definitiva se otorgó el pasado viernes por Felipe V. Consuelo Soto, titular del Juzgado Tercero de Distrito de Amparos y Juicios Federales de Chiapas.
De acuerdo con las notificaciones electrónicas de la Judicatura, hubo un recurso de queja contra la suspensión del juez de Chiapas, la cual fue remitida a la Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez.
Los magistrados de dicho Tribunal acordaron enviar el expediente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y suspender su resolución para esperar que los ministros resuelvan sobre la facultad de atracción para frenar la reforma judicial, en su etapa de discusión legislativa.
“Atendiendo a que el asunto se refiere a una cuestión sobre la que no existe directriz a seguir y es necesario fijar un criterio de importancia y trascendencia para el orden jurídico nacional (…) este Tribunal Colegiado se reserva emitir pronunciamiento sobre el recurso de queja, hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determine lo conducente respecto de la solicitud del ejercicio de la facultad de atracción”, indica su resolución.
Además, existe otra suspensión provisional de la jueza Martha Magaña, cuya audiencia fue diferida hasta el 12 de septiembre, debido a que el Poder Judicial no la ha logrado notificar a la Cámara de Diputados por los bloqueos en el recinto de San Lázaro.
Francisco Javier García Contreras, juez de Distrito de Colima, dictó suspensión provisional y también está pendiente la definitiva.
Resalta que de todos estos procesos, ninguno ha sido combatido por la Cámara de Diputados o el Gobierno federal mediante queja ante un Tribunal Colegiado.