La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó incluir los delitos de extorsión, narcomenudeo y los previstos en la producción ilegal y distribución de drogas sintéticas, “como el fentanilo”.
La modificación del Artículo 19 de la Constitución hecha por los legisladores del bloque oficialista se da a contrapelo de la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de enero de 2023 que pidió al Estado mexicano eliminar la prisión preventiva oficiosa.
El texto aprobado también incluye a la defraudación fiscal, contrabando, expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, incluidas facturas, que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados como delitos con prisión preventiva oficiosa.
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El coordinador de Movimiento Ciudadano en San Lázaro, Braulio López-Ochoa acusó que esta ampliación del catálogo de delitos es contraria a la política de seguridad ciudadana y es una salida falsa en materia de seguridad.
“En el 2022, el representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos dijo que una de las grandes consecuencias de la aplicación de la prisión preventiva oficiosa ha sido que muchas personas, especialmente las más desfavorecidas social y económicamente, se encuentran injustamente privadas de la libertad, incluso por más de una década”, expresó el emecista.
Recordó que la CIDH considera que la aplicación de esta figura viola los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, igualdad de la ley y protección judicial contenidos en la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, de la que es parte México.
La diputada Paulina Rubio (PAN) citó datos del INEGI al corte del 2022 en el que contabiliza 226 mil personas privadas de la libertad, cuatro de cada diez no cuentan con una sentencia, es decir, se encuentran en prisión preventiva oficiosa.
Recordó que en la reforma de 2019 a este mismo artículo se aprobó un transitorio para que se presentará una evaluación a los cinco años para determinar la continuidad de la aplicación y todo esto conforme escritorio del Sistema Nacional de Seguridad mediante informes emitidos por el Gobierno Federal, por las entidades federativas, tomando en cuenta los poderes judiciales y las fiscalías, lo cual no ha ocurrido, pues no existen ni informes ni evaluaciones del Congreso de la Unión.
El diputado Marco Mendoza Bustamante (PRI) sostuvo que esta figura es una idea falsa de seguridad y no garantiza justicia, “la prisión preventiva oficiosa ni juzga ni condena, sólo encarcela personas antes de poder probar si cometieron o no esa conducta, pero sobre todo, retrasa, ralentiza el proceso penal, porque entonces, pues lo único que logramos es evitar los mecanismos de investigación penal”, condenó.
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A favor de la reforma, el diputado Leonel Godoy (Morena) cuestionó la opinión de la CIDH y argumentó que primero están los preceptos que están en la Constitución “no los que están en los tratados internacionales”.
“En este caso se habla de derechos humanos del delincuente y se olvida a la víctima (…) este catálogo de delitos en el catálogo del Artículo 19 se refiere a dos tipos de protección de derechos humanos: de las víctimas, de sus familiares y de la sociedad.
“El tema de la prisión preventiva oficiosa no es nuevo, antes se llamaba libertad sin derecho a fianza, siempre ha existido, entonces de qué se espantan; ¿qué es lo que se ha buscado siempre?, proteger en principio a la víctima y a sus familiares y en segundo lugar también a la sociedad”, enfatizó Godoy.
EAM