La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMegalopolis) informó que se mantiene la Fase I de la Contingencia Ambiental Atmosférica por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM).
La tarde de este jueves la Came informó que a partir de las 15:00 horas inició la Fase I de Contingencia ambiental por ozono en la ZMVM al registrarse una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación de monitoreo Ajusco Medio, en la alcaldía Tlalpan.
Luego de que entre las 15:00 y las 17:00 horas se mantuvieran condiciones adversas para la dispersión de contaminantes, la Came señaló, a través de un comunicado con actualización a las 20:00 horas, que se mantiene la Fase I de la contingencia ambiental.
Según información obtenida de modelos meteorológicos, el día de mañana también se presentarán condiciones que generen el estancamiento de los contaminantes precursores del ozono, por lo que la Came informó que entre las 05:00 y 22:00 horas deberán suspender su circulación:
a) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
b) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito sea 0, 2, 4, 6, 8 y 9 así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
c) Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado azul, terminación de placa 9 y 0.
d) Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma “2”.
e) Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR.
f) Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o Edoméx.
g) Los taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a), b), y c) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
AR
Con información de 24 Horas